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Herencias en Catral: trámites, oficinas e impuestos

Estos son los trámites de una herencia para los 8.976 vecinos de Catral: dónde pedir cada certificado, qué registro inscribe sus fincas y cuánto Impuesto de Sucesiones se paga en Comunitat Valenciana.

Los inmuebles de Catral se ponen a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad de Dolores.

Qué hacer, paso a paso

  1. Certificado de defunción Primeros días

    La funeraria suele encargarse de inscribir la defunción en el Registro Civil, que en Catral es el del partido judicial de Orihuela. Pide varias copias del certificado literal: te las pedirán el banco, la notaría y Hacienda.

    Funerarias y tanatorios más cercanos:

    • Tanatorio Villa de Catral · Catral (a 0,6 km) · 965 72 32 64
    • Funeraria La Crevillentina S.L · Crevillent (a 0,7 km) · 667 50 31 85
    • Tanatorio Servicios Funerarios de Catral · Crevillent (a 0,7 km) · 965 50 95 10
  2. Últimas voluntades y seguros de vida Desde el día 15

    Pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento se pueden pedir el certificado de actos de última voluntad (dice si hay testamento y ante qué notario) y el de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Se piden por internet o con cita en la Gerencia Territorial de Justicia de la Comunidad Valenciana.

    Gerencia Territorial de Justicia de la Comunidad Valenciana
    C/ Hernán Cortés, 24, entresuelo, 46071, Valencia 963 94 35 58
  3. Testamento o declaración de herederos

    Con el certificado de últimas voluntades se pide la copia autorizada del testamento al notario que lo tenga. Si no hay testamento, los parientes piden la declaración de herederos ante notario (desde 2015 también los hermanos, sobrinos y primos); solo cuando no hay parientes hasta el cuarto grado hereda la Administración, por un procedimiento administrativo. La escritura de aceptación de herencia se puede firmar en cualquier notaría de España; el buscador del Consejo General del Notariado muestra las de Catral y alrededores.

  4. Impuesto de Sucesiones 6 meses

    Se presenta en la comunidad autónoma donde vivía el fallecido: Agència Tributària Valenciana (ATV), con el modelo 650. El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis si se pide en los cinco primeros. Hay que presentarlo aunque no salga nada a pagar.

  5. Plusvalía municipal Tipo 26 %

    Si heredas un piso, local o terreno urbano en Catral, el Ayuntamiento cobra el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos (plusvalía municipal). También hay seis meses para declararlo desde el fallecimiento. El Ayuntamiento aplica un tipo del 26 % sobre el valor catastral del suelo multiplicado por el coeficiente de los años que el fallecido tuvo el inmueble.

  6. Inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad

    Con la escritura de aceptación y adjudicación de herencia y los impuestos pagados, los inmuebles se ponen a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad donde estén inscritos. Las fincas de Catral corresponden a este registro:

    Registro de la Propiedad de Dolores
    La Iglesia, 8, 03150 (96) 572 62 94 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
  7. Bancos y cuentas

    Con el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento o la declaración de herederos, cada banco da el certificado de saldos a la fecha del fallecimiento, que hace falta para el Impuesto de Sucesiones. Las cuentas quedan bloqueadas hasta que los herederos acreditan su derecho y pagan o presentan el impuesto.

Impuesto de Sucesiones para herencias en Catral

Lo que paga cada heredero si el fallecido vivía en Comunitat Valenciana (sin vivienda habitual ni seguros, sin discapacidad y con un patrimonio previo inferior a 400.000 €):

Quién heredaHereda 100.000 €Hereda 300.000 €Hereda 800.000 €
Un hijo de 35 años0 €319 €1.710 €
Un hijo de 16 años0 €234 €1.591 €
El cónyuge0 €319 €1.710 €
Un hermano13.337 €64.131 €236.816 €
Un sobrino13.337 €64.131 €236.816 €
Un amigo (sin parentesco)24.975 €111.757 €403.062 €

Reducciones, tarifa y bonificaciones de Comunitat Valenciana

Plusvalía municipal en Catral

Tipo de gravamen en Catral: 26 %. La cuota sale de multiplicar el valor catastral del suelo por el coeficiente según los años que el fallecido tuvo el inmueble y por el tipo. Ejemplo con un valor catastral del suelo de 50.000 €:

Años de propiedadCoeficientePlusvalía
1 año0,131.690,00 €
2 años0,141.820,00 €
3 años0,141.820,00 €
5 años0,172.210,00 €
10 años0,081.040,00 €
15 años0,091.170,00 €
20 años o más0,405.200,00 €

Desde 2021 se puede pedir el cálculo por la ganancia real (diferencia entre el valor de adquisición y el de la herencia) si sale menos, y no se paga nada si el inmueble perdió valor. En herencias, algunos ayuntamientos bonifican la vivienda habitual que pasa a hijos o cónyuge: consúltalo en la ordenanza fiscal.

Oficinas para la herencia en Catral

Registro de la Propiedad de Dolores
La Iglesia, 8, 03150 (96) 572 62 94 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
Gerencia Territorial de Justicia de la Comunidad Valenciana
C/ Hernán Cortés, 24, entresuelo, 46071, Valencia 963 94 35 58

Calculadora del Impuesto de Sucesiones en Catral

Con las normas de Comunitat Valenciana. Cambia el parentesco y lo que heredas para ver tu caso.

A pagar

—

Base imponible
Reducciones
Base liquidable
Cuota (tarifa × coeficiente)
Bonificación
Impuesto a pagar
Plazo: 6 meses desde el fallecimiento
Cálculo orientativo con las normas de 2026

Municipios cerca de Catral

Registro propioAlicante

San Isidro

A 3,2 km
Registro propioAlicante

Dolores

A 3,8 km
Registro propioAlicante

Almoradí

A 5,7 km
Registro propioAlicante

Albatera

A 5,9 km

Preguntas frecuentes

¿En qué Registro de la Propiedad se inscribe una casa heredada en Catral?

En el Registro de la Propiedad de Dolores, que es el que corresponde a las fincas de Catral. Se inscribe con la escritura de aceptación y adjudicación de herencia y el justificante del Impuesto de Sucesiones.

¿Dónde se pide el certificado de últimas voluntades en Catral?

Por internet en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, o con cita previa en la gerencia territorial de Valencia, que es la que atiende Alicante.

¿Cuánto se paga por heredar en Catral?

El Impuesto de Sucesiones lo regula Comunitat Valenciana. Un hijo de 35 años que hereda 300.000 € paga 319 €. Además, si se heredan inmuebles urbanos, el Ayuntamiento cobra la plusvalía municipal.

¿Qué tipo de plusvalía municipal cobra Catral?

El 26 % sobre el valor catastral del suelo multiplicado por el coeficiente de los años que el fallecido tuvo el inmueble.