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Herencias en La Codosera: trámites, oficinas e impuestos

Estos son los trámites de una herencia para los 2.025 vecinos de La Codosera: dónde pedir cada certificado, qué registro inscribe sus fincas y cuánto Impuesto de Sucesiones se paga en Extremadura.

Qué hacer, paso a paso

  1. Certificado de defunción Primeros días

    La funeraria suele encargarse de inscribir la defunción en el Registro Civil, que en La Codosera es el del partido judicial de Badajoz. Pide varias copias del certificado literal: te las pedirán el banco, la notaría y Hacienda.

    Funerarias y tanatorios más cercanos:

    • Tanatorio Alburquerque · Alburquerque (a 14,3 km) · 924 22 45 42
    • Batalla Flores S.L · San Vicente de Alcántara (a 17,3 km) · 924 41 02 78
    • Tanatorio Batalla Flores · San Vicente de Alcántara (a 18,6 km) · 924 41 02 78
  2. Últimas voluntades y seguros de vida Desde el día 15

    Pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento se pueden pedir el certificado de actos de última voluntad (dice si hay testamento y ante qué notario) y el de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Se piden por internet o con cita en la Gerencia Territorial de Justicia de Extremadura.

    Gerencia Territorial de Justicia de Extremadura
    Avda. de la Hispanidad, 39, 10002, Cáceres 927 21 36 76
  3. Testamento o declaración de herederos

    Con el certificado de últimas voluntades se pide la copia autorizada del testamento al notario que lo tenga. Si no hay testamento, los parientes piden la declaración de herederos ante notario (desde 2015 también los hermanos, sobrinos y primos); solo cuando no hay parientes hasta el cuarto grado hereda la Administración, por un procedimiento administrativo. La escritura de aceptación de herencia se puede firmar en cualquier notaría de España; el buscador del Consejo General del Notariado muestra las de La Codosera y alrededores.

  4. Impuesto de Sucesiones 6 meses

    Se presenta en la comunidad autónoma donde vivía el fallecido: Junta de Extremadura, con el modelo 650. El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis si se pide en los cinco primeros. Hay que presentarlo aunque no salga nada a pagar.

  5. Plusvalía municipal Tipo 20 %

    Si heredas un piso, local o terreno urbano en La Codosera, el Ayuntamiento cobra el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos (plusvalía municipal). También hay seis meses para declararlo desde el fallecimiento. El Ayuntamiento aplica un tipo del 20 % sobre el valor catastral del suelo multiplicado por el coeficiente de los años que el fallecido tuvo el inmueble.

  6. Inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad

    Con la escritura de aceptación y adjudicación de herencia y los impuestos pagados, los inmuebles se ponen a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad donde estén inscritos.

  7. Bancos y cuentas

    Con el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento o la declaración de herederos, cada banco da el certificado de saldos a la fecha del fallecimiento, que hace falta para el Impuesto de Sucesiones. Las cuentas quedan bloqueadas hasta que los herederos acreditan su derecho y pagan o presentan el impuesto.

Impuesto de Sucesiones para herencias en La Codosera

Lo que paga cada heredero si el fallecido vivía en Extremadura (sin vivienda habitual ni seguros, sin discapacidad y con un patrimonio previo inferior a 400.000 €):

Quién heredaHereda 100.000 €Hereda 300.000 €Hereda 800.000 €
Un hijo de 35 años0 €0 €555 €
Un hijo de 16 años0 €0 €555 €
El cónyuge0 €0 €555 €
Un hermano17.668 €84.855 €313.893 €
Un sobrino17.668 €84.855 €313.893 €
Un amigo (sin parentesco)24.831 €110.934 €400.245 €

Reducciones, tarifa y bonificaciones de Extremadura

Plusvalía municipal en La Codosera

Tipo de gravamen en La Codosera: 20 %. La cuota sale de multiplicar el valor catastral del suelo por el coeficiente según los años que el fallecido tuvo el inmueble y por el tipo. Ejemplo con un valor catastral del suelo de 50.000 €:

Años de propiedadCoeficientePlusvalía
1 año0,151.500,00 €
2 años0,141.400,00 €
3 años0,141.400,00 €
5 años0,181.800,00 €
10 años0,121.200,00 €
15 años0,09900,00 €
20 años o más0,404.000,00 €

Desde 2021 se puede pedir el cálculo por la ganancia real (diferencia entre el valor de adquisición y el de la herencia) si sale menos, y no se paga nada si el inmueble perdió valor. En herencias, algunos ayuntamientos bonifican la vivienda habitual que pasa a hijos o cónyuge: consúltalo en la ordenanza fiscal.

Oficinas para la herencia en La Codosera

Gerencia Territorial de Justicia de Extremadura
Avda. de la Hispanidad, 39, 10002, Cáceres 927 21 36 76

Calculadora del Impuesto de Sucesiones en La Codosera

Con las normas de Extremadura. Cambia el parentesco y lo que heredas para ver tu caso.

A pagar

—

Base imponible
Reducciones
Base liquidable
Cuota (tarifa × coeficiente)
Bonificación
Impuesto a pagar
Plazo: 6 meses desde el fallecimiento
Cálculo orientativo con las normas de 2026

Municipios cerca de La Codosera

Badajoz

Alburquerque

A 14,9 km
Badajoz

San Vicente de Alcántara

A 17,2 km
Registro propioCáceres

Valencia de Alcántara

A 23,5 km
Badajoz

Villar del Rey

A 29,3 km

Preguntas frecuentes

¿Dónde se pide el certificado de últimas voluntades en La Codosera?

Por internet en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, o con cita previa en la gerencia territorial de Cáceres, que es la que atiende Badajoz.

¿Cuánto se paga por heredar en La Codosera?

El Impuesto de Sucesiones lo regula Extremadura. Un hijo de 35 años que hereda 300.000 € paga 0 €. Además, si se heredan inmuebles urbanos, el Ayuntamiento cobra la plusvalía municipal.

¿Qué tipo de plusvalía municipal cobra La Codosera?

El 20 % sobre el valor catastral del suelo multiplicado por el coeficiente de los años que el fallecido tuvo el inmueble.