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Herencias en Agüimes: trámites, oficinas e impuestos

Tramitar una herencia en Agüimes empieza por el certificado de defunción y termina inscribiendo los bienes a nombre de los herederos. Entre medias hay dos impuestos con seis meses de plazo: el de Sucesiones, que regula Canarias, y la plusvalía municipal.

Los inmuebles de Agüimes se ponen a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad de Santa Lucía de Tirajana.

Qué hacer, paso a paso

  1. Certificado de defunción Primeros días

    La funeraria suele encargarse de inscribir la defunción en el Registro Civil, que en Agüimes es el del partido judicial de Telde. Pide varias copias del certificado literal: te las pedirán el banco, la notaría y Hacienda.

    Funerarias y tanatorios más cercanos:

    • Tanatorio MEC El Rosario Arinaga · Agüimes (a 2,3 km) · 928 18 49 50
    • Tanatorio Municipal de Agüimes · Agüimes (a 2,7 km)
    • Velatorio Arinaga · Agüimes (a 4,7 km)
  2. Últimas voluntades y seguros de vida Desde el día 15

    Pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento se pueden pedir el certificado de actos de última voluntad (dice si hay testamento y ante qué notario) y el de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Se piden por internet o con cita en la Gerencia Territorial de Justicia de Canarias en Las Palmas.

    Gerencia Territorial de Justicia de Canarias en Las Palmas
    C/ Reyes Católicos, 47, bajo, 35001, Las Palmas de Gran Canaria 928 33 26 04
  3. Testamento o declaración de herederos

    Con el certificado de últimas voluntades se pide la copia autorizada del testamento al notario que lo tenga. Si no hay testamento, los parientes piden la declaración de herederos ante notario (desde 2015 también los hermanos, sobrinos y primos); solo cuando no hay parientes hasta el cuarto grado hereda la Administración, por un procedimiento administrativo. La escritura de aceptación de herencia se puede firmar en cualquier notaría de España; el buscador del Consejo General del Notariado muestra las de Agüimes y alrededores.

  4. Impuesto de Sucesiones 6 meses

    Se presenta en la comunidad autónoma donde vivía el fallecido: Agencia Tributaria Canaria (ATC), con el modelo 650. El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis si se pide en los cinco primeros. Hay que presentarlo aunque no salga nada a pagar.

  5. Plusvalía municipal Tipo 20 %

    Si heredas un piso, local o terreno urbano en Agüimes, el Ayuntamiento cobra el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos (plusvalía municipal). También hay seis meses para declararlo desde el fallecimiento. El Ayuntamiento aplica un tipo del 20 % sobre el valor catastral del suelo multiplicado por el coeficiente de los años que el fallecido tuvo el inmueble.

  6. Inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad

    Con la escritura de aceptación y adjudicación de herencia y los impuestos pagados, los inmuebles se ponen a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad donde estén inscritos. Las fincas de Agüimes corresponden a este registro:

    Registro de la Propiedad de Santa Lucía de Tirajana
    Avenida Atlántico, 401, Vecindario, 35110 928 79 10 64 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
  7. Bancos y cuentas

    Con el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento o la declaración de herederos, cada banco da el certificado de saldos a la fecha del fallecimiento, que hace falta para el Impuesto de Sucesiones. Las cuentas quedan bloqueadas hasta que los herederos acreditan su derecho y pagan o presentan el impuesto.

Impuesto de Sucesiones para herencias en Agüimes

Lo que paga cada heredero si el fallecido vivía en Canarias (sin vivienda habitual ni seguros, sin discapacidad y con un patrimonio previo inferior a 400.000 €):

Quién heredaHereda 100.000 €Hereda 300.000 €Hereda 800.000 €
Un hijo de 35 años9 €50 €193 €
Un hijo de 16 años4 €41 €183 €
El cónyuge6 €45 €188 €
Un hermano17 €84 €313 €
Un sobrino17 €84 €313 €
Un amigo (sin parentesco)24.831 €110.934 €400.245 €

Reducciones, tarifa y bonificaciones de Canarias

Plusvalía municipal en Agüimes

Tipo de gravamen en Agüimes: 20 %. La cuota sale de multiplicar el valor catastral del suelo por el coeficiente según los años que el fallecido tuvo el inmueble y por el tipo. Ejemplo con un valor catastral del suelo de 50.000 €:

Años de propiedadCoeficientePlusvalía
1 año0,151.500,00 €
2 años0,141.400,00 €
3 años0,141.400,00 €
5 años0,181.800,00 €
10 años0,121.200,00 €
15 años0,09900,00 €
20 años o más0,404.000,00 €

Desde 2021 se puede pedir el cálculo por la ganancia real (diferencia entre el valor de adquisición y el de la herencia) si sale menos, y no se paga nada si el inmueble perdió valor. En herencias, algunos ayuntamientos bonifican la vivienda habitual que pasa a hijos o cónyuge: consúltalo en la ordenanza fiscal.

Oficinas para la herencia en Agüimes

Registro de la Propiedad de Santa Lucía de Tirajana
Avenida Atlántico, 401, Vecindario, 35110 928 79 10 64 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
Gerencia Territorial de Justicia de Canarias en Las Palmas
C/ Reyes Católicos, 47, bajo, 35001, Las Palmas de Gran Canaria 928 33 26 04

Calculadora del Impuesto de Sucesiones en Agüimes

Con las normas de Canarias. Cambia el parentesco y lo que heredas para ver tu caso.

A pagar

—

Base imponible
Reducciones
Base liquidable
Cuota (tarifa × coeficiente)
Bonificación
Impuesto a pagar
Plazo: 6 meses desde el fallecimiento
Cálculo orientativo con las normas de 2026

Municipios cerca de Agüimes

Registro propioLas Palmas

Ingenio

A 4,2 km
Registro propioLas Palmas

Santa Lucía de Tirajana

A 11,0 km
Registro propioLas Palmas

Valsequillo de Gran Canaria

A 12,6 km
Registro propioLas Palmas

Telde

A 12,9 km

Preguntas frecuentes

¿En qué Registro de la Propiedad se inscribe una casa heredada en Agüimes?

En el Registro de la Propiedad de Santa Lucía de Tirajana, que es el que corresponde a las fincas de Agüimes. Se inscribe con la escritura de aceptación y adjudicación de herencia y el justificante del Impuesto de Sucesiones.

¿Dónde se pide el certificado de últimas voluntades en Agüimes?

Por internet en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, o con cita previa en la gerencia territorial de Las Palmas de Gran Canaria, que es la que atiende Las Palmas.

¿Cuánto se paga por heredar en Agüimes?

El Impuesto de Sucesiones lo regula Canarias. Un hijo de 35 años que hereda 300.000 € paga 50 €. Además, si se heredan inmuebles urbanos, el Ayuntamiento cobra la plusvalía municipal.

¿Qué tipo de plusvalía municipal cobra Agüimes?

El 20 % sobre el valor catastral del suelo multiplicado por el coeficiente de los años que el fallecido tuvo el inmueble.