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Herencias en Colmenar Viejo: trámites, oficinas e impuestos

Estos son los trámites de una herencia para los 53.389 vecinos de Colmenar Viejo: dónde pedir cada certificado, qué registro inscribe sus fincas y cuánto Impuesto de Sucesiones se paga en Comunidad de Madrid.

Las fincas de Colmenar Viejo se inscriben en el Registro de la Propiedad de Colmenar Viejo Nº 01.

Qué hacer, paso a paso

  1. Certificado de defunción Primeros días

    La funeraria suele encargarse de inscribir la defunción en el Registro Civil, que en Colmenar Viejo es el del partido judicial de Colmenar Viejo. Pide varias copias del certificado literal: te las pedirán el banco, la notaría y Hacienda.

    Funerarias y tanatorios más cercanos:

    • Funerarias Tres Cantos · Tres Cantos (a 8,6 km) · 919 93 14 47
    • Tanatorio Soto del Real · Soto del Real (a 10,3 km) · 913 82 95 00
    • Tanatorio Parcesa La Paz · Alcobendas (a 10,6 km) · 917 90 00 81
  2. Últimas voluntades y seguros de vida Desde el día 15

    Pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento se pueden pedir el certificado de actos de última voluntad (dice si hay testamento y ante qué notario) y el de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Se piden por internet o con cita en la Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia.

    Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia
    Calle de la Bolsa, 8, 28012, Madrid 918 37 22 95
  3. Testamento o declaración de herederos

    Con el certificado de últimas voluntades se pide la copia autorizada del testamento al notario que lo tenga. Si no hay testamento, los parientes piden la declaración de herederos ante notario (desde 2015 también los hermanos, sobrinos y primos); solo cuando no hay parientes hasta el cuarto grado hereda la Administración, por un procedimiento administrativo. La escritura de aceptación de herencia se puede firmar en cualquier notaría de España; el buscador del Consejo General del Notariado muestra las de Colmenar Viejo y alrededores.

  4. Impuesto de Sucesiones 6 meses

    Se presenta en la comunidad autónoma donde vivía el fallecido: Dirección General de Tributos de la Comunidad de Madrid, con el modelo 650. El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis si se pide en los cinco primeros. Hay que presentarlo aunque no salga nada a pagar.

  5. Plusvalía municipal Tipo 13 %

    Si heredas un piso, local o terreno urbano en Colmenar Viejo, el Ayuntamiento cobra el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos (plusvalía municipal). También hay seis meses para declararlo desde el fallecimiento. El Ayuntamiento aplica un tipo del 13 % sobre el valor catastral del suelo multiplicado por el coeficiente de los años que el fallecido tuvo el inmueble.

  6. Inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad

    Con la escritura de aceptación y adjudicación de herencia y los impuestos pagados, los inmuebles se ponen a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad donde estén inscritos. En Colmenar Viejo hay 2 registros según la zona de la finca:

    Registro de la Propiedad de Colmenar Viejo Nº 01
    Avenida de Cristóbal Colón, 12, 28770 (91) 845 10 14 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
    Registro de la Propiedad de Colmenar Viejo Nº 02
    Cuesta, 2, 28770 (91) 845 25 13 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
  7. Bancos y cuentas

    Con el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento o la declaración de herederos, cada banco da el certificado de saldos a la fecha del fallecimiento, que hace falta para el Impuesto de Sucesiones. Las cuentas quedan bloqueadas hasta que los herederos acreditan su derecho y pagan o presentan el impuesto.

Impuesto de Sucesiones para herencias en Colmenar Viejo

Lo que paga cada heredero si el fallecido vivía en Comunidad de Madrid (sin vivienda habitual ni seguros, sin discapacidad y con un patrimonio previo inferior a 400.000 €):

Quién heredaHereda 100.000 €Hereda 300.000 €Hereda 800.000 €
Un hijo de 35 años98 €514 €1.952 €
Un hijo de 16 años68 €463 €1.892 €
El cónyuge98 €514 €1.952 €
Un hermano8.826 €42.398 €156.895 €
Un sobrino8.826 €42.398 €156.895 €
Un amigo (sin parentesco)24.814 €110.862 €400.013 €

Reducciones, tarifa y bonificaciones de Comunidad de Madrid

Plusvalía municipal en Colmenar Viejo

Tipo de gravamen en Colmenar Viejo: 13 %. La cuota sale de multiplicar el valor catastral del suelo por el coeficiente según los años que el fallecido tuvo el inmueble y por el tipo. Ejemplo con un valor catastral del suelo de 50.000 €:

Años de propiedadCoeficientePlusvalía
1 año0,15975,00 €
2 años0,14910,00 €
3 años0,14910,00 €
5 años0,181.170,00 €
10 años0,12780,00 €
15 años0,09585,00 €
20 años o más0,402.600,00 €

Desde 2021 se puede pedir el cálculo por la ganancia real (diferencia entre el valor de adquisición y el de la herencia) si sale menos, y no se paga nada si el inmueble perdió valor. En herencias, algunos ayuntamientos bonifican la vivienda habitual que pasa a hijos o cónyuge: consúltalo en la ordenanza fiscal.

Oficinas para la herencia en Colmenar Viejo

Registro de la Propiedad de Colmenar Viejo Nº 01
Avenida de Cristóbal Colón, 12, 28770 (91) 845 10 14 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
Registro de la Propiedad de Colmenar Viejo Nº 02
Cuesta, 2, 28770 (91) 845 25 13 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
Oficina Central de Atención al Ciudadano del Ministerio de Justicia
Calle de la Bolsa, 8, 28012, Madrid 918 37 22 95

Calculadora del Impuesto de Sucesiones en Colmenar Viejo

Con las normas de Comunidad de Madrid. Cambia el parentesco y lo que heredas para ver tu caso.

A pagar

—

Base imponible
Reducciones
Base liquidable
Cuota (tarifa × coeficiente)
Bonificación
Impuesto a pagar
Plazo: 6 meses desde el fallecimiento
Cálculo orientativo con las normas de 2026

Municipios cerca de Colmenar Viejo

Registro propioMadrid

Tres Cantos

A 7,7 km
Registro propioMadrid

Soto del Real

A 10,7 km
Registro propioMadrid

Manzanares el Real

A 11,0 km
Registro propioMadrid

Hoyo de Manzanares

A 12,7 km

Preguntas frecuentes

¿En qué Registro de la Propiedad se inscribe una casa heredada en Colmenar Viejo?

En el Registro de la Propiedad de Colmenar Viejo Nº 01, que es el que corresponde a las fincas de Colmenar Viejo. Se inscribe con la escritura de aceptación y adjudicación de herencia y el justificante del Impuesto de Sucesiones.

¿Dónde se pide el certificado de últimas voluntades en Colmenar Viejo?

Por internet en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, o con cita previa en la gerencia territorial de Madrid, que es la que atiende Madrid.

¿Cuánto se paga por heredar en Colmenar Viejo?

El Impuesto de Sucesiones lo regula Comunidad de Madrid. Un hijo de 35 años que hereda 300.000 € paga 514 €. Además, si se heredan inmuebles urbanos, el Ayuntamiento cobra la plusvalía municipal.

¿Qué tipo de plusvalía municipal cobra Colmenar Viejo?

El 13 % sobre el valor catastral del suelo multiplicado por el coeficiente de los años que el fallecido tuvo el inmueble.