Herencias en Gúdar: trámites, oficinas e impuestos
Una herencia en Gúdar (Teruel) pasa por el Registro Civil del partido judicial de Teruel, la gerencia de Justicia de Zaragoza para las últimas voluntades, una notaría y, si hay inmuebles, el Registro de la Propiedad. El impuesto depende de las normas de Aragón.
Los inmuebles de Gúdar se ponen a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad de Mora de Rubielos Aliaga.
Qué hacer, paso a paso
Certificado de defunción Primeros días
La funeraria suele encargarse de inscribir la defunción en el Registro Civil, que en Gúdar es el del partido judicial de Teruel. Pide varias copias del certificado literal: te las pedirán el banco, la notaría y Hacienda.
Funerarias y tanatorios más cercanos:
- Funeraria Pompas Fúnebres de Teruel · Teruel (a 34,2 km) · 978 62 22 22
- Funeraria Andrés y Forner · Teruel (a 34,2 km) · 978 62 10 20
- Funeraria Tanatorio San Jorge · Teruel (a 34,2 km) · 978 62 02 00
Últimas voluntades y seguros de vida Desde el día 15
Pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento se pueden pedir el certificado de actos de última voluntad (dice si hay testamento y ante qué notario) y el de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Se piden por internet o con cita en la Gerencia Territorial de Justicia de Aragón.
Gerencia Territorial de Justicia de Aragón
Paseo de la Independencia, 32, 1.º izq., 50004, Zaragoza 976 22 25 15Testamento o declaración de herederos
Con el certificado de últimas voluntades se pide la copia autorizada del testamento al notario que lo tenga. Si no hay testamento, los parientes piden la declaración de herederos ante notario (desde 2015 también los hermanos, sobrinos y primos); solo cuando no hay parientes hasta el cuarto grado hereda la Administración, por un procedimiento administrativo. La escritura de aceptación de herencia se puede firmar en cualquier notaría de España; el buscador del Consejo General del Notariado muestra las de Gúdar y alrededores.
Impuesto de Sucesiones 6 meses
Se presenta en la comunidad autónoma donde vivía el fallecido: Administración Tributaria de Aragón, con el modelo 650. El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis si se pide en los cinco primeros. Hay que presentarlo aunque no salga nada a pagar.
Plusvalía municipal Tipo 30 %
Si heredas un piso, local o terreno urbano en Gúdar, el Ayuntamiento cobra el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos (plusvalía municipal). También hay seis meses para declararlo desde el fallecimiento. El Ayuntamiento aplica un tipo del 30 % sobre el valor catastral del suelo multiplicado por el coeficiente de los años que el fallecido tuvo el inmueble.
Inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad
Con la escritura de aceptación y adjudicación de herencia y los impuestos pagados, los inmuebles se ponen a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad donde estén inscritos. Las fincas de Gúdar corresponden a este registro:
Registro de la Propiedad de Mora de Rubielos Aliaga
Avda. Ibáñez Martín, 17 - bajo (Mora de Rubielos), 44400 978 80 01 07 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horasBancos y cuentas
Con el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento o la declaración de herederos, cada banco da el certificado de saldos a la fecha del fallecimiento, que hace falta para el Impuesto de Sucesiones. Las cuentas quedan bloqueadas hasta que los herederos acreditan su derecho y pagan o presentan el impuesto.
Impuesto de Sucesiones para herencias en Gúdar
Lo que paga cada heredero si el fallecido vivía en Aragón (sin vivienda habitual ni seguros, sin discapacidad y con un patrimonio previo inferior a 400.000 €):
| Quién hereda | Hereda 100.000 € | Hereda 300.000 € | Hereda 800.000 € |
|---|---|---|---|
| Un hijo de 35 años | 0 € | 0 € | 55.467 € |
| Un hijo de 16 años | 0 € | 0 € | 0 € |
| El cónyuge | 0 € | 0 € | 55.467 € |
| Un hermano | 15.871 € | 82.018 € | 310.582 € |
| Un sobrino | 17.668 € | 84.855 € | 313.893 € |
| Un amigo (sin parentesco) | 24.831 € | 110.934 € | 400.245 € |
Plusvalía municipal en Gúdar
Tipo de gravamen en Gúdar: 30 %. La cuota sale de multiplicar el valor catastral del suelo por el coeficiente según los años que el fallecido tuvo el inmueble y por el tipo. Ejemplo con un valor catastral del suelo de 50.000 €:
| Años de propiedad | Coeficiente | Plusvalía |
|---|---|---|
| 1 año | 0,15 | 2.250,00 € |
| 2 años | 0,14 | 2.100,00 € |
| 3 años | 0,14 | 2.100,00 € |
| 5 años | 0,17 | 2.550,00 € |
| 10 años | 0,10 | 1.500,00 € |
| 15 años | 0,09 | 1.350,00 € |
| 20 años o más | 0,40 | 6.000,00 € |
Desde 2021 se puede pedir el cálculo por la ganancia real (diferencia entre el valor de adquisición y el de la herencia) si sale menos, y no se paga nada si el inmueble perdió valor. En herencias, algunos ayuntamientos bonifican la vivienda habitual que pasa a hijos o cónyuge: consúltalo en la ordenanza fiscal.
Oficinas para la herencia en Gúdar
Avda. Ibáñez Martín, 17 - bajo (Mora de Rubielos), 44400 978 80 01 07 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
Paseo de la Independencia, 32, 1.º izq., 50004, Zaragoza 976 22 25 15
Calculadora del Impuesto de Sucesiones en Gúdar
Con las normas de Aragón. Cambia el parentesco y lo que heredas para ver tu caso.
A pagar
| Base imponible | |
| Reducciones | |
| Base liquidable | |
| Cuota (tarifa × coeficiente) | |
| Bonificación | |
| Impuesto a pagar |
Cálculo orientativo con las normas de 2026
Municipios cerca de Gúdar
Allepuz
A 5,7 kmAlcalá de la Selva
A 7,7 kmMonteagudo del Castillo
A 8,4 kmVillarroya de los Pinares
A 10,7 kmPreguntas frecuentes
¿En qué Registro de la Propiedad se inscribe una casa heredada en Gúdar?
En el Registro de la Propiedad de Mora de Rubielos Aliaga, que es el que corresponde a las fincas de Gúdar. Se inscribe con la escritura de aceptación y adjudicación de herencia y el justificante del Impuesto de Sucesiones.
¿Dónde se pide el certificado de últimas voluntades en Gúdar?
Por internet en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, o con cita previa en la gerencia territorial de Zaragoza, que es la que atiende Teruel.
¿Cuánto se paga por heredar en Gúdar?
El Impuesto de Sucesiones lo regula Aragón. Un hijo de 35 años que hereda 300.000 € paga 0 €. Además, si se heredan inmuebles urbanos, el Ayuntamiento cobra la plusvalía municipal.
¿Qué tipo de plusvalía municipal cobra Gúdar?
El 30 % sobre el valor catastral del suelo multiplicado por el coeficiente de los años que el fallecido tuvo el inmueble.
