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Herencias en Cartagena: trámites, oficinas e impuestos

Una herencia en Cartagena (Murcia) pasa por el Registro Civil del partido judicial de Cartagena, la gerencia de Justicia de Murcia para las últimas voluntades, una notaría y, si hay inmuebles, el Registro de la Propiedad. El impuesto depende de las normas de Región de Murcia.

Las fincas de Cartagena se inscriben en el Registro de la Propiedad de Cartagena Nº 01.

Qué hacer, paso a paso

  1. Certificado de defunción Primeros días

    La funeraria suele encargarse de inscribir la defunción en el Registro Civil, que en Cartagena es el del partido judicial de Cartagena. Pide varias copias del certificado literal: te las pedirán el banco, la notaría y Hacienda.

    Funerarias y tanatorios más cercanos:

    • Tanatorio Estavesa · Cartagena (a 1,3 km) · 968 52 80 00
    • Tanatorio de La Unión · La Unión (a 8,3 km) · 968 54 16 35
    • Servisa Tanatorio · Torre-Pacheco (a 16,7 km) · 968 21 90 44
  2. Últimas voluntades y seguros de vida Desde el día 15

    Pasados 15 días hábiles desde el fallecimiento se pueden pedir el certificado de actos de última voluntad (dice si hay testamento y ante qué notario) y el de contratos de seguros de cobertura de fallecimiento. Se piden por internet o con cita en la Gerencia Territorial de Justicia de Murcia.

    Gerencia Territorial de Justicia de Murcia
    C/ Santa Catalina, 4, 2.º, 30004, Murcia 968 22 53 00
  3. Testamento o declaración de herederos

    Con el certificado de últimas voluntades se pide la copia autorizada del testamento al notario que lo tenga. Si no hay testamento, los parientes piden la declaración de herederos ante notario (desde 2015 también los hermanos, sobrinos y primos); solo cuando no hay parientes hasta el cuarto grado hereda la Administración, por un procedimiento administrativo. La escritura de aceptación de herencia se puede firmar en cualquier notaría de España; el buscador del Consejo General del Notariado muestra las de Cartagena y alrededores.

  4. Impuesto de Sucesiones 6 meses

    Se presenta en la comunidad autónoma donde vivía el fallecido: Agencia Tributaria de la Región de Murcia (ATRM), con el modelo 650. El plazo es de seis meses desde el fallecimiento, prorrogable otros seis si se pide en los cinco primeros. Hay que presentarlo aunque no salga nada a pagar.

  5. Plusvalía municipal Tipo 30 %

    Si heredas un piso, local o terreno urbano en Cartagena, el Ayuntamiento cobra el impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos (plusvalía municipal). También hay seis meses para declararlo desde el fallecimiento. El Ayuntamiento aplica un tipo del 30 % sobre el valor catastral del suelo multiplicado por el coeficiente de los años que el fallecido tuvo el inmueble.

  6. Inscribir los inmuebles en el Registro de la Propiedad

    Con la escritura de aceptación y adjudicación de herencia y los impuestos pagados, los inmuebles se ponen a nombre de los herederos en el Registro de la Propiedad donde estén inscritos. En Cartagena hay 6 registros según la zona de la finca:

    Registro de la Propiedad de Cartagena Nº 01
    Mayor, 36 - 1ª, 30201 (968) 50 21 76 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
    Registro de la Propiedad de Cartagena Nº 02
    Mayor, 36 - 3ª, 30201 (968) 52 83 65 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
    Registro de la Propiedad de Cartagena Nº 03
    Mayor, 36 - 2º, 30201 (968) 50 84 56 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas

    Y 3 más.

  7. Bancos y cuentas

    Con el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento o la declaración de herederos, cada banco da el certificado de saldos a la fecha del fallecimiento, que hace falta para el Impuesto de Sucesiones. Las cuentas quedan bloqueadas hasta que los herederos acreditan su derecho y pagan o presentan el impuesto.

Impuesto de Sucesiones para herencias en Cartagena

Lo que paga cada heredero si el fallecido vivía en Región de Murcia (sin vivienda habitual ni seguros, sin discapacidad y con un patrimonio previo inferior a 400.000 €):

Quién heredaHereda 100.000 €Hereda 300.000 €Hereda 800.000 €
Un hijo de 35 años98 €514 €2.030 €
Un hijo de 16 años68 €463 €1.966 €
El cónyuge98 €514 €2.030 €
Un hermano17.668 €84.855 €326.383 €
Un sobrino17.668 €84.855 €326.383 €
Un amigo (sin parentesco)24.831 €110.934 €416.319 €

Reducciones, tarifa y bonificaciones de Región de Murcia

Plusvalía municipal en Cartagena

Tipo de gravamen en Cartagena: 30 %. La cuota sale de multiplicar el valor catastral del suelo por el coeficiente según los años que el fallecido tuvo el inmueble y por el tipo. Ejemplo con un valor catastral del suelo de 50.000 €:

Años de propiedadCoeficientePlusvalía
1 año0,152.250,00 €
2 años0,142.100,00 €
3 años0,142.100,00 €
5 años0,182.700,00 €
10 años0,121.800,00 €
15 años0,091.350,00 €
20 años o más0,406.000,00 €

Desde 2021 se puede pedir el cálculo por la ganancia real (diferencia entre el valor de adquisición y el de la herencia) si sale menos, y no se paga nada si el inmueble perdió valor. En herencias, algunos ayuntamientos bonifican la vivienda habitual que pasa a hijos o cónyuge: consúltalo en la ordenanza fiscal.

Oficinas para la herencia en Cartagena

Registro de la Propiedad de Cartagena Nº 01
Mayor, 36 - 1ª, 30201 (968) 50 21 76 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
Registro de la Propiedad de Cartagena Nº 02
Mayor, 36 - 3ª, 30201 (968) 52 83 65 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
Registro de la Propiedad de Cartagena Nº 03
Mayor, 36 - 2º, 30201 (968) 50 84 56 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
Registro de la Propiedad de Cartagena Nº 04
Mayor, 36 - planta 4ª, 30201 968 12 23 43 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
Registro de la Propiedad de La Unión Nº 01
Mayor, 43 - bajo, 30360 (968) 56 01 13 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
Registro de la Propiedad de La Unión Nº 02
Mayor, 43 - bajo, 30360 968 56 02 29 De lunes a viernes de 09:00 a 17:00 horas
Gerencia Territorial de Justicia de Murcia
C/ Santa Catalina, 4, 2.º, 30004, Murcia 968 22 53 00

Calculadora del Impuesto de Sucesiones en Cartagena

Con las normas de Región de Murcia. Cambia el parentesco y lo que heredas para ver tu caso.

A pagar

—

Base imponible
Reducciones
Base liquidable
Cuota (tarifa × coeficiente)
Bonificación
Impuesto a pagar
Plazo: 6 meses desde el fallecimiento
Cálculo orientativo con las normas de 2026

Municipios cerca de Cartagena

Varios registrosMurcia

La Unión

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Torre-Pacheco

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Los Alcázares

A 19,7 km
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Fuente Álamo de Murcia

A 23,6 km

Preguntas frecuentes

¿En qué Registro de la Propiedad se inscribe una casa heredada en Cartagena?

En el Registro de la Propiedad de Cartagena Nº 01, que es el que corresponde a las fincas de Cartagena. Se inscribe con la escritura de aceptación y adjudicación de herencia y el justificante del Impuesto de Sucesiones.

¿Dónde se pide el certificado de últimas voluntades en Cartagena?

Por internet en la sede electrónica del Ministerio de Justicia, o con cita previa en la gerencia territorial de Murcia, que es la que atiende Murcia.

¿Cuánto se paga por heredar en Cartagena?

El Impuesto de Sucesiones lo regula Región de Murcia. Un hijo de 35 años que hereda 300.000 € paga 514 €. Además, si se heredan inmuebles urbanos, el Ayuntamiento cobra la plusvalía municipal.

¿Qué tipo de plusvalía municipal cobra Cartagena?

El 30 % sobre el valor catastral del suelo multiplicado por el coeficiente de los años que el fallecido tuvo el inmueble.